Comienzan a regir modificaciones en el Código de Edificación ¿Qué cambia?
En una ciudad de 3 millones de habitantes como Buenos Aires, la regulación de los edificios y las construcciones resulta imprescindible. En ese marco, el Gobierno de la Ciudad, a través de la Secretaría de Desarrollo Urbano, realizó ajustes técnicos al Código de Edificación que rige en los 48 barrios porteños, con el fin de controlar cualquier obra de este tipo que se realice. El nuevo marco entrará en vigencia a partir del 11 de noviembre de 2021, luego de que la Legislatura haya aprobado las reformas en agosto pasado.
El Gobierno de la Ciudad detalló que el fin de las modificaciones introducidas en la normativa, que indica cómo y con qué materiales se puede construir en la Ciudad, es simplificar trámites, incorporar novedades que favorecen al solicitante y actualizar categorías que optimicen y faciliten la aplicación de la norma, actualizada luego de la pandemia, que trajo un boom en el mercado inmobiliario a partir de la recuperación económica. Este Código actúa en tándem con el Código Urbanístico, y ambos son los encargados de los lineamientos para la construcción presente y futura de la Ciudad.
Al respecto, se realizaron simplificaciones algunos conceptos claves, se ampliaron definiciones y se incorporaron datos más precisos. En paralelo, se brindaron mejoras en las opciones de reacondicionamiento para edificios existentes, al tiempo que se añadieron herramientas y parámetros de diseño sostenible. De esta manera, desde este mes será posible para los ciudadanos realizar micro obras y modificaciones bajo responsabilidad de un profesional y agregar la figura del desarrollador urbano. Además, la nueva normativa específica el alcance de los eventuales casos de tolerancia constructiva.
El Código de Edificación define los estándares mínimos en cuestiones de habitabilidad, seguridad y tecnología de las construcciones según sus usos, así como los procedimientos generales para obtener los permisos necesarios para poder construir.
Algunos de los principales cambios son:
-La posibilidad de tramitar el Permiso de Obra en el mismo expediente por el cual se obtuvo el Registro en Etapa Proyecto, al tiempo que el Conforme a Obra y Certificado Final de Obra se entregarán en un mismo acto administrativo.
-Para dar más agilidad, se tramitarán por tratas separadas el Permiso de Ejecución de Obra Civil y el Permiso de Demolición, que hasta ahora se hacían de manera conjunta.
-Habrá una mayor tolerancia constructiva: con este cambio, se admite una diferencia máxima del 3% de los valores numéricos de los lados y/o superficies. Para el caso de la altura total del edificio, el margen de diferencia pasa a ser de hasta el 2% de desvío entre lo declarado en el plano de proyecto y lo efectivamente construido por cada entrepiso.
Por su parte, el plazo de subsanación aumenta a 45 días, otorgando más tiempo al profesional para la corrección de sus trámites. También habrá ajustes en la categorización de los permisos de acuerdo al impacto de la obra, y se extenderá la vigencia de los permisos.